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Política de Ética en Investigación

Acta Neurológica exige que toda investigación que involucre seres humanos cumpla de manera estricta con los Principios Éticos para las Investigaciones Médicas en Seres Humanos establecidos por la Asociación Médica Mundial en la Declaración de Helsinki en su última versión del 2013. Todo trabajo sometido a consideración para publicación debe contar con la aprobación previa por parte de un Comité de Ética en Investigación de la Institución o Instituciones en donde se realice el estudio y en los casos requeridos de haber realizado consentimiento informado a las personas bajo investigación. ANC se reserva el derecho de solicitar a los autores las cartas de aprobación ética de los proyectos, o en algunos casos, el consentimiento de los sujetos en investigación en el que autorizan la publicación relacionada con su caso.

Registro de Estudios Clínicos Prospectivos

Acta Neurológica se adhiere a las políticas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y del ICMJE sobre el registro de estudios clínicos.

Toda publicación que evalúe de manera prospectiva intervenciones en humanos, para ser considerada para publicación en ANC, debe demostrar registro del protocolo de investigación previo al inicio del reclutamiento de pacientes, en cualquiera de los sistemas de registros internacionales aceptados para estudios clínicos por la OMS y el ICMJE. Los autores deben especificar el sitio de registro del proyecto.

Experimentos con Animales

Para estudios realizados con animales los autores deben guiarse por los principios establecidos en el documento International Guiding Principles for Biomedical Research Involving Animals del Consejo para las Organizaciones Internacionales de Ciencias Médicas (Council for International Organizations of Medical Sciences: CIOMS), organización conjunta de la OMS y de la UNESCO. Para investigación realizada en Colombia debe ajustarse a la Resolución Nº 008430 del 4 de octubre de 1993 del Ministerio de Salud mediante la cual se establecen las Normas Científicas, Técnicas y Administrativas para la Investigación en Salud, en cuyo Título V hace referencia explícita a la Investigación Biomédica con Animales y la ley 84 de 1989 en la que se adopta el Estatuto Nacional de Protección de Animales. Los autores deben especificar que guía o normatividad han seguido para garantizar la protección de los animales utilizados en el proceso de experimentación.

Consideraciones éticas Acta Neurológica

Basados en las recomendaciones para la realización, registro, edición y publicación de trabajos científicos en revistas biomédicas del ICMJE http://www.icmje.org/recommendations/ Revista Acta Neurológica se acoge voluntariamente a sus normas. Las siguientes recomendaciones son tomadas principalmente de este documento.

1. Roles y responsabilidades de los actores (autores, colaboradores, revisores, editores y la Asociación Colombiana de Neurología)

Roles de autores/colaboradores:

a. Papel de autores y colaboradores: se debe establecer cuál es el aporte intelectual que hay en el trabajo presentado. Un colaborador que influye intelectualmente en el artículo enviado debe considerarse autor. Los criterios para autoría son los siguientes:

i. Contribución sustancial en la concepción o diseño del trabajo, o en la recolección, análisis e interpretación de los datos;
ii. Redacción del trabajo o revisión crítica con una alta carga intelectual;
iii. Aprobación de la versión final del documento a publicar y
iv. Acuerdo de explicabilidad en el que se puede responder por cualquier aspecto de lo que se ha escrito y se tiene certeza de lo que se ha demostrado en la investigación.

Para ser autor debe cumplir con los 4 criterios previamente anotados. Los que no cumplen el criterio de autoría van en agradecimientos.

b. Declaración de autenticidad: los datos y el artículo en sí deben ser de toda autenticidad. El uso correcto de referencias confiables es importante para asegurarse de la veracidad de la información.

c. Conflicto de interés: igualmente por trasparencia de la revista se pide a los autores expresar los conflictos de interés que puedan afectar la publicación. Debe haber una oración en la que se exprese y declare el conflicto de interés (económico, personal, académico, intelectual).

d. Ética en investigación: para asegurar la práctica ética de la investigación, los autores deben cumplir con lo mencionado anteriormente en “Política de Ética en Investigación”, “Registro de Estudios Clínicos Prospectivos” y “Experimentos con animales”.

e. Revisión por pares: los autores deben comprometerse a finalizar el proceso de revisión por pares; una vez el artículo haya sido aceptado, en caso de necesidad de modificaciones, los autores deberán entregar dichas correcciones en un plazo de 30 días corridos y someter el artículo modificado. En caso de no cumplir con el tiempo, el artículo se dará de baja.

f. Cesión de derechos: los autores deberán firmar una carta donde transfieren a la revista Acta Neurológica Colombiana los derechos patrimoniales que comprenden la distribución y reproducción del trabajo publicado, así como las imágenes, audio o videos como parte de la publicación.

Roles del revisor

a. Juicio objetivo: la revisión ciega debe ser objetiva, asegurándose de dar un criterio basado en la calidad de la investigación y el artículo como tal. Los comentarios deben ser constructivos, corteses y honestos.

b. Confidencialidad de los artículos: los revisores deben asegurar la confidencialidad de los manuscritos, no deben compartir ni exponer la información recibida incluyendo todo material del trabajo enviado, previamente a su publicación.

c. Tiempo de revisión: deben realizar la revisión dentro de los tiempos estipulados por la revista.

d. Conflicto de interés: por trasparencia de la revista se pide a los revisores expresar al editor si existe alguna relación o actividad que pueda sesgar su revisión, y deben abstenerse de revisar manuscritos específicos en caso de existir la posibilidad de sesgo.

Roles del editor

a. Completa potestad y responsabilidad de aceptar o rechazar un manuscrito enviado a la revista.

b. Conflicto de interés: el editor no debe tener ningún conflicto de interés con el artículo aceptado/rechazado que incida en su decisión final, en caso de tenerlo, el comité editorial debe acudir a otro editor para tomar la decisión final sobre el manuscrito

c. Asegurar calidad editorial: el editor debe asegurarse que errores del manuscrito sean resueltos para promover la excelente calidad de los artículos publicados.

d. Anonimato de revisores/autores: en el proceso editorial de un manuscrito, cuando se asignen los pares evaluadores, el editor debe guardar el anonimato de los revisores y los autores.

e. Ética en investigación: asegurarse que toda publicación cumpla estrictamente con los lineamentos éticos para la investigación. En caso de haber fraude o mala práctica de investigación, la revista ANC tomará las medidas necesarias para la terminación del proceso editorial o retractación del artículo.

Rol de la revista Acta Neurológica Colombiana:

a. Calendario de publicación: se asegura que los trabajos sometidos a la revista serán revisados y publicados en los tiempos que los recursos de la revista tienen disponibles y en el menor tiempo posible en promedio 16 semanas. Si no se planea publicar un artículo se enviarán los comentarios lo más rápido posible para que los autores lo puedan someter a otra revista.

b. Revisión por pares: la revista ha decidido que cada artículo sea revisado por dos pares, con un índice H de al menos 2. El tipo de revisión es doble ciego. Se busca para cada trabajo un experto revisor en el tema enviado. El editor es quien tiene la potestad de recibir los trabajos para publicación ayudado con la opinión de los revisores, pero no necesariamente que los mismos tengan la última palabra. En caso de no haber acuerdo de opinión de los revisores se tendrá en cuenta la opinión de un tercer revisor (editor asociado).

c. Integridad: la selección de los artículos se hará de acuerdo con la calidad, originalidad y contribución a la evidencia basado en el cuestionamiento científico. Sin tener influencia de un tercero, por compromisos económicos, publicidad o relaciones personales.

d. Protección de los participantes de la investigación: Se exige del consentimiento informado para aquellos estudios que lo requieran y la revista hace énfasis en este documento para los reportes de caso.

2. Cuestiones relacionadas con el proceso editorial y de publicación

a. Correcciones, retractaciones, re-publicación y actualización: en el caso de detectarse errores de la publicación se pueden hacer las anotaciones al respecto en una carta al Editor. También, se acepta hacer el cambio lo más rápido posible y hacerlo visible en la versión electrónica. Si el error es mayor, se puede llegar a retractar la publicación. Cada caso se evalúa individualmente, y la revista ANC se alinea a las recomendaciones del International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE) para este tipo de situaciones. Las puede ver aquí.

b. Mala conducta, expresiones de preocupación y retractación: Las malas conductas incluyen fabricación y falsificación de datos, cambio engañoso de las imágenes y plagio, de acuerdo a las guías del ICMJE. Para discernir e investigar estas malas conductas la Revista Acta Neurológica se acoge a las guías Committee on Publications Ethics (COPE) https://publicationethics.org/guidance/Guidelines En estos casos se hace una investigación, que en el caso de ser positiva para mala conducta llevará a retractación de la publicación. La retractación también debe publicarse apropiadamente en la revista siendo visible que el artículo y sus autores se han retractado.

c. Responsabilidad y roles de los actores: si los actores no cumplen con sus responsabilidades y las prácticas éticas, la revista Acta Neurológica Colombiana tomará las medidas necesarias para asegurar la integridad y buena práctica del proceso editorial y la publicación de artículos, usando las recomendaciones de COPE, y tomando la decisión según el editor en jefe y el comité editorial crean pertinente.

d. Derechos de autor: la revista Acta Neurológica Colombiana pedirá a los autores la cesión de derechos patrimoniales de distribución y reproducción del trabajo publicado, así como las imágenes, audio o videos como parte de la publicación.

e. Publicaciones sobrepuestas:
i. Envío por duplicado: está mal hacer el envío simultáneo a dos revistas del mismo trabajo, esto lleva a problemas de múltiples publicaciones del mismo artículo así esté en diferente idioma, además el gasto de recurso en todo el proceso editorial del mismo trabajo.
ii. Publicación duplicada: es cuando la nueva publicación se sobrepone a una previa sustancialmente. Esto hace que los datos puedan contarse como dobles o cambie el peso de los resultados en un mismo estudio. Si hay duda al respecto de la publicación enviada, se debe notificar al editor en la carta de envío del trabajo reciente, con esto el editor podrá decidir si se justifica la publicación o no.
iii. Publicaciones secundarias aceptables: se acepta la publicación total o parcial y en otro idioma diferente del español de guías de manejo hechas por organizaciones gubernamentales o académicas.
iv. Trabajos basados en la misma base de datos: el análisis de una misma base de datos que sea pública por dos grupos diferentes, así como el uso de revisiones sistemáticas o meta-análisis previamente publicados es válido. Si se está haciendo un análisis nuevo a un trabajo previamente publicado, el nuevo trabajo debe añadir sustancialmente información nueva y para conservar la trasparencia se debe informar al lector que se ha hecho una publicación previa del trabajo. Así mismo de los ensayos clínicos se pueden publicar los sub-análisis o análisis secundarios.

f. Publicación de suplementos: El editor jefe se hace responsable del contenido de los suplementos. La Revista Acta Neurológica acepta que haya un editor externo para cada suplemento, pero este editor depende del editor jefe. Los suplementos no van a revisión por pares históricamente, sin embargo, el editor en jefe puede solicitar a un experto servir como par revisor dado que la responsabilidad de la publicación recae sobre él. Igualmente, el editor en jefe tiene la potestad de rechazar el contenido del suplemento que no cumpla con las normas de publicación de la revista o que el tema no sea apropiado de publicación para la misma. Las reglas de juego se establecen en la parte preparatoria del suplemento.

La fuente de la idea y financiación del suplemento debe hacerse explícita en el documento en su parte inicial. Los autores de suplemento firmarán previo a la revisión editorial del material suplementario que están de acuerdo con lo que se está publicando, cumplen el criterio de autoría y se hacen también responsables del contenido a publicar.

g. Adherencia a las guías para diferente tipo de publicación:
i. Ensayos clínicos: se sugiere seguir las guías CONSORT www.consort-statement.org
ii. Estudios observacionales: STROBE, http://strobe-statement.org/
iii. Revisiones sistemáticas y meta análisis: PRISMA http://prisma-statement.org/
iv. Precisión de estudios diagnósticos: STARD https://www.equator-network.org/reporting-guidelines/stard/
v. Registro de revisiones sistemáticas: PROSPERO https://www2.le.ac.uk/library/find/databases/p/Prospero

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