Fue aprobada la Reforma Pensional que ya es la Ley 2381 de 2024, la cual entraría en vigencia a partir del 01 de julio del 2025.
Son muchos los cambios que debe conocer de la nueva ley en materia de pensiones, sin embargo, queremos hoy destacar los siguientes:
- La ley establece un sistema de pilares:
- Semi-contributivo: Previsto para los colombianos que tienen entre 300 y 999 semanas cotizadas, entre 6 y 20 años de trabajo cotizando y que no alcanzaron a recibir una pensión. Para ellos está previsto un subsidio del 20 % y 30 % de lo ahorrado para hombres y mujeres respectivamente, con el propósito de complementar lo ahorrado y otorgar una renta vitalicia.
- Pilar Solidario: La reforma plantea un primer pilar que brindará una mesada mensual de $230.000 pesos a aproximadamente 2,5 millones de adultos mayores que hoy se encuentran en la miseria. Este pilar solidario se financiará con plata del presupuesto nacional (impuestos) no con cotizaciones de los afiliados.
- Pilar Contributivo de Prima Media: Donde estarán la mayoría de los actuales trabajadores del país. En este pilar estará la población que se gana menos de 2,3 salarios mínimos, unos tres (3) millones de pesos, las cotizaciones irían directamente a Colpensiones para financiar las mesadas de los actuales y futuros pensionados.
- Pilar Contributivo de Ahorro Individual: Para los colombianos que ganen más de 2,3 salarios mínimos. Para ellos, las cotizaciones se dividen entre el aporte que va a Colpensiones, correspondiente a los ingresos por debajo de 2.3 SMLMV y los aportes que va a Fondos de Ahorro Individual, que corresponde a el excedente de cotizaciones por encima del umbral.
- En el nuevo sistema pensional, la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones y las Administradoras del Régimen de Ahorro Individual trabajarán juntas.
- Los afiliados al Sistema de Pensión, deben cotizar los primeros 2.3 salarios mínimos en Colpensiones y el valor que supere dicho monto, debe ser cotizado ante una Administradora privada de régimen de ahorro individual.
- Los requisitos para obtener la pensión de vejez se mantienen en 1.300 semanas cotizadas y 57 años (mujeres) o 62 años (hombres).
- Las semanas de cotización requeridas para las mujeres disminuirán gradualmente a partir del 2025 hasta llegar a 1.000 semanas en el 2036.
Control Constitucional: Unos conocen más, otros menos de la reforma pensional que acaba de ser aprobada y sancionada por el presidente Petro. Sin embargo, muchos han oído mencionar que la reforma se puede “caer” en la Corte Constitucional.
Hoy la Ley 2381 de 2024, está siendo sometida a un control de constitucionalidad para establecer si existieron vicios en el trámite general de aprobación del proyecto en Cámara y Senado.
El texto del proyecto aprobado en la plenaria del Senado, en la Cámara de Representantes se aprobó de manera integral y no artículo por artículo, lo cual puede ser considerado como una irregularidad por la Corte Constitucional.
De igual manera, se dice que la ley le asigna al Banco de la República una función que no está prevista en la Constitución, la de administrar recursos, lo cual puede ser incompatible con la función de dirigir la política monetaria.
También debe revisar la Corte Constitucional, si la nueva ley está creando sistemas o regímenes pensionales especiales, lo cual está prohibido por el Acto Legislativo 01 de 2005, por lo cual una reforma que pretenda crear otros regímenes, lo tendría que hacer a través de una reforma constitucional y no a través de una ley ordinaria.
Como dice el refrán popular: “Amanecerá y veremos”. Por ahora la Ley 2381 de 2024 no ha empezado a regir, lo hará el 01 de julio de 2025, si la Corte Constitucional no dice lo contario.